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ESTÁNDARES DE A.D.I

 

ADI: Assistance Dogs International Inc.

NORMAS MÍNIMAS PARA EL ADIESTRAMIENTO DE PERROS DE SERVICIO

 

Titulo Original: MINIMUM STANDARDS FOR TRAINING SERVICE DOGS

Original en : http://www.adionline.org/Standards/servstand.html

 

 

 

Las presentes normas pretenden ser las mínimas para todos los centros de perros de servicio que quieran afiliarse al ADI (Assistance Dogs International). Se recomienda a todos los centros esforzarse por trabajar en niveles superiores a estos mínimos.

 

1.- Debe haber un mínimo de 120 horas de entrenamiento durante un periodo no inferior a 6 meses bajo la supervisión de un entrenador del programa. Durante ese periodo, al menos 30 horas de entrenamiento programado deben ser dedicadas a visitas de campo y exposiciones públicas.

 

2.- Las habilidades de obediencia básica que los perros deben dominar con la voz o/y señales manuales son: sit (sienta), stay (quieto), come (ven), down (abajo, al suelo), heel (sobre los talones) y llamada sin correa.

 

3.- El perro debe mostrar aptitudes de comportamiento social de no agresión, no ladrar inadecuadamente, no morder ni intentarlo, no gruñir, no saltar inadecuadamente sobre extraños, no olisquear ni implorar ante extraños.

 

4.- El perro de servicio debe ser entrenado para ejecutar al menos tres tareas físicas.

 

5.- El tiempo de entrenamiento con el estudiante previo al emplazamiento definitivo debe ser de un mínimo no inferior a 13 días. Debe tener carácter público y privado simultáneamente. Todos los graduados deben tener una educación sólida en el comportamiento apropiado del equipo. El perro debe permanecer lo más inadvertido posible y no interferir con la gente.

 

6.- La instalación para el entrenamiento debe exigir al destinatario completar un informe de seguimiento una vez al mes durante los seis meses posteriores al emplazamiento definitivo. El contacto personal se hará mediante personal cualificado o voluntarios del programa entre los 12 y 18 meses a partir de la graduación, y anualmente a partir de entonces.

 

7.- La identificación del perro de servicio se llevará a cabo mediante una tarjeta de identificación con una foto del perro y del compañero y los nombres del destinatario y el perro. En público, el perro debe llevar un arnés, mochila o chubasquero con un logo que sea clara y fácilmente legible e identificable y lo identifique como un perro de servicio.

 

8.- El personal del centro de entrenamiento debe demostrar conocimiento de las discapacidades de las personas con las que trabaja. La organización pondrá a su disposición material educativo sobre las diferentes discapacidades.

 

9.- El destinatario debe estar de acuerdo y aceptar las Normas Mínimas para Compañeros de Perros de Asistencia.

 

10.- Al comienzo del entrenamiento, cada perro debe ser esterilizado y seguir una minuciosa evaluación veterinaria que determine que el perro no tiene ningún problema físico que pudiese causar problemas para actuar como perro de trabajo.

 

 

 

 

 
 
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